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Tramitación de Incapacidades permanentes
Consigue tu pensión por enfermedad o accidente.
Cuando una enfermedad crónica, un accidente de trabajo o una lesión te impiden realizar tus tareas diarias con normalidad, tu estabilidad económica y personal se tambalean.
Conseguir el reconocimiento de una pensión por incapacidad ante el INSS suele ser un camino complejo y lleno de trabas burocráticas. En Beatriz Serrano Abogados te acompañamos en todo el proceso para demostrar el impacto real de tus secuelas y defender tus derechos.
Los 4 Grados de Incapacidad Permanente en España
La legislación española contempla cuatro niveles de incapacidad en función de cómo afecten tus limitaciones de salud a tu vida laboral y cotidiana. Es fundamental identificar en cuál se encuadra tu situación:
- Incapacidad Permanente Parcial: Se concede cuando el trabajador sufre una disminución de al menos el 33% en su rendimiento para su profesión habitual, pero todavía puede seguir realizando las tareas fundamentales de la misma. No da derecho a una pensión mensual, sino a una indemnización de pago único.
- Incapacidad Permanente Total: Inhabilita al trabajador para realizar las tareas esenciales de su profesión habitual, pero le permite dedicarse a un sector u oficio completamente diferente. Da derecho a una pensión vitalicia mensual (generalmente equivalente al 55% de la base reguladora, que puede aumentar al 75% a partir de los 55 años si se cumplen los requisitos de desempleo).
- Incapacidad Permanente Absoluta: Inhabilita por completo al trabajador para ejercer cualquier tipo de profesión u oficio con un mínimo de eficacia y continuidad. Da derecho a una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Está pensada para personas en situación de incapacidad absoluta que, debido a pérdidas anatómicas o funcionales, necesitan la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida diaria (como vestirse, comer o asearse). Además de la pensión del 100%, se recibe un complemento económico destinado a remunerar al cuidador.
Trámites de Incapacidad permanente
Solicitudes
- Pensión de incapacidad permanente
- Solicitar un complemento por brecha de género o por maternidad
- Pensión por incapacidad permanente. Reglamentos Comunitarios
- Pensión por incapacidad permanente. Convenios bilaterales
- Solicitar un complemento para pensiones mínimas
- Revisión de la pensión de incapacidad permanente
- Revisión de la última revalorización de la pensión
- Rehabilitación de una prestación ya reconocida
- Solicitar pagos pendientes a pensionistas tras su fallecimiento
Modificaciones
- Aumento de la pensión de incapacidad permanente total a partir de los 55 años
- Incremento en prestaciones por accidente o enfermedad de trabajo por incumplimiento en prevención de riesgos laborales
- Modificar los datos bancarios del pensionista
- Modificar los datos de domicilio del pensionista
- Modificar los datos personales del pensionista
- Modificar la retención del IRPF de la pensión
La seguridad de contar con un gabinete experto frente al Tribunal Médico
Aportamos confianza y experiencia
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deniega de forma sistemática un porcentaje muy elevado de las solicitudes en la vía administrativa para evitar costes.
En el gabinete de abogados de Beatriz Serrano combinamos una profunda especialización en derecho laboral con la empatía y la sensibilidad que requiere un momento tan delicado de salud.
Nos encargamos de diseñar la mejor estrategia jurídica para tu caso, coordinándonos estrechamente con peritos médicos para desmontar los criterios de la administración y lograr que obtengas la protección económica que te corresponde.
¿Tienes dudas sobre la petición de Incapacidad Permanente?
Preguntas Frecuentes
¿Qué tipo de informes médicos son los más valiosos para el caso?
Los informes más determinantes son los emitidos por los médicos especialistas de la sanidad pública (Seguridad Social). El INSS no concede incapacidades por el "nombre" de una enfermedad, sino por cómo esa dolencia limita funcionalmente tu capacidad para trabajar. Por tanto, los informes deben ser detallados, actualizados y describir de manera explícita tus limitaciones físicas o psíquicas.
¿Puedo trabajar si me han concedido una Incapacidad Permanente Total?
Sí, es totalmente compatible. La Incapacidad Total te inhabilita exclusivamente para tu profesión habitual (la que ejercías cuando se originó la enfermedad o lesión). Por lo tanto, puedes trabajar en un empleo o sector diferente cuyas tareas no entren en conflicto con las limitaciones médicas que dieron origen a tu pensión.
¿Qué pasa si el Tribunal Médico me da el alta pero yo sigo estando mal?
Lamentablemente es una situación muy común. Si la mutua o el INSS emiten un alta médica y consideras que no estás capacitado para reincorporarte al trabajo, existe un plazo muy estricto de pocos días para impugnar el alta. Es crucial actuar con rapidez y asesorarse de inmediato con un abogado laboralista para frenar los plazos y proteger tu salud.
¿La incapacidad permanente es para siempre o me la pueden revisar?
Todas las incapacidades permanentes son revisables por el INSS por mejoría, agravamiento o por error de diagnóstico. Normalmente, en la propia resolución donde te conceden la pensión se indica una fecha a partir de la cual la administración tiene la potestad de citarte de nuevo para evaluar si tu estado de salud ha cambiado.
¿Necesitas ayuda con tu solicitud o expediente?
Contáctanos sin compromiso y nos encargamos de asesorarte en cada trámite.
C/ de Felipe Valls, 81, Pta 2, Pobles de l’Oest, 46035 València